Lunes, Junio 27, 2022 - 11:21
Actuaciones en economía circular, recuperación ambiental de zonas mineras y contra el riesgo de inundación; ayudas para el apoyo a mercados y para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales.
Medio Ambiente ratifica el reparto a las CCAA de 471 millones para actuaciones en economía circular, recuperación ambiental de zonas mineras y contra el riesgo de inundación.
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente ha ratificado el reparto territorial de un total de 471 millones de euros destinados a actuaciones en materia de economía circular y gestión de residuos, a intervenciones para la recuperación ambiental de enclaves mineros degradados, para el plan de adaptación y protección frente al riesgo de inundación, y para protección y conservación de la biodiversidad.
En su reunión telemática, el órgano de coordinación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el reto demográfico (MITECO) y las comunidades autónomas ha validado así los acuerdos aprobados previamente en Consejo de Ministros, que canalizan fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para el ejercicio presupuestario 2022 en el ámbito de la transición ecológica.
Del total de fondos distribuidos, la partida más cuantiosa, 176.500 millones - 175 del PRTR y 1,5 millones de presupuestos ordinario del MITECO- se destinarán a ayudar a los territorios a implementar la normativa de residuos, la mejora en la gestión de los residuos municipales y el plan de impulso del medio ambiente-PIMA economía circular. Serán objeto de financiación la implantación de nuevas recogidas separadas -en especial de biorresiduos-, construcción de instalaciones específicas para su tratamiento, así como plantas de reutilización y reciclado de otros flujos, entre otras líneas actuación.
Las ayudas tienen como objeto impulsar mejoras en la gestión de residuos y garantizar que España cumpla con los objetivos comunitarios en materia de residuos municipales, de envases y residuos de envases, fundamentalmente.
Recursos hídricos y PERTE
La reunión, presidida por la vicepresidenta Teresa Ribera, ha respaldado asimismo la transferencia a las comunidades y ciudades autónomas de 174,5 millones de euros en el marco del componente 5 'Preservación del espacio litoral y de los recursos hídricos' del PRTR, para actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e integración ambiental en núcleos urbanos, y la primera fase del reparto de fondos del PERTE de Digitalización del Ciclo del Agua, según el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros el pasado día 14 de junio.
Junto a estas partidas, también se repartirán 90 millones de euros del componente 4 del PRTR para la rehabilitación y la regeneración ambiental de antiguos emplazamientos mineros. Se trata de eliminar focos de contaminación, y reducir los riesgos asociados para las poblaciones cercanas y la vida silvestre. El objetivo es renaturalizar estas áreas y transformarlas en sumideros naturales de carbono.
Plan de control de legalidad de la madera comercializada.
En el transcurso de la reunión, el Ministerio y las comunidades han aprobado el Plan Nacional de Control de la Legalidad de la Madera Comercializada, con el objetivo de adecuar la regulación en materia de lucha contra el comercio ilegítimo de madera y asegurar que los controles derivados de la normativa europea se efectúan de forma coordinada y equilibrada en todo el territorio nacional. Para facilitar la adecuación de los planes regionales de control al plan nacional, se ha previsto crear un grupo de trabajo interadministrativo en el seno de la propia Conferencia Sectorial.
Dentro también del orden del día se ha dado luz verde a la Estrategia de Conservación de Aves ligadas a medios Agroesteparios. La estrategia, que se publicará en breve, responde a la necesidad de frenar el declive poblacional sufrido por las aves esteparias en el último cuarto de siglo, y las presiones que han hecho descender a niveles alarmantes las poblaciones de especies como la avutarda común, el cernícalo primilla o la alondra ricotí, entre otras. En la elaboración de la Estrategia se ha contado con la colaboración del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Modificación de las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización. Orden ICT/565/2022, de 15 de junio.
El BOE núm. 218 de 11 de septiembre de 2022, publicó la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Orden ICT/565/2022, de 15 de junio, modifica la Orden ICT/949/2021 introduciendo modificaciones puntuales en su articulado, con el fin de actualizar y perfeccionar las bases reguladoras y mejorar la accesibilidad por parte del beneficiario y su aplicabilidad por parte de la administración.
Así mismo se limita la ayuda que un potencial beneficiario pueda recibir a un importe máximo en orden a poder alcanzar un mayor número de beneficiarios y un mayor reparto de las ayudas a conceder. Junto a ello, se adapta la norma a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en lo relativo a los modelos de declaraciones responsables exigibles en el marco del plan de recuperación.
Las modificaciones son las siguientes:
- Artículo 3. Beneficiarios. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 5. Obligaciones de los beneficiarios. Se modifican los apartados b) y e).
- Artículo 7. Gastos subvencionables. Se modifican los apartados 2, 3, 6, 9, 10 y se añade un nuevo apartado 13 en el siguiente sentido:
- Se añade una nueva letra f) en el apartado 2 «Gastos dirigidos a la transformación digital»
- Se modifica la letra d) del apartado 3 «Gastos referidos a transformación del punto de venta»
- Se da nueva redacción al apartado 6.
- Se da nueva redacción al apartado 9.
- Se da nueva redacción al apartado 10.
- Se añade un nuevo apartado 13.
- Artículo 8. Presupuesto y límites de las ayudas a conceder. Se modifica el apartado 6.
- Artículo 13. Plazo de presentación de solicitudes. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 14. Formalización y presentación de solicitudes. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 15. Compatibilidad de las ayudas. Se modifica el apartado 1.
- Artículo 16. Criterios de evaluación de las solicitudes. Se modifica el apartado 2.
- Artículo 17. Instrucción del procedimiento y comisión de evaluación. Se añade un nuevo apartado 12.
- Artículo 19. Pago y justificación de las ayudas. Se da una nueva redacción a los apartados 5 y 7.
- Artículo 20. Modificación de la resolución de concesión. Se da una nueva redacción al apartado 3.
- Artículo 21. Publicidad e información. Se da una nueva redacción al apartado a).3.º
- Artículo 23. Incumplimientos, reintegros y sanciones. Se da una nueva redacción al apartado a).3
- Apartado 4 del Anexo I (Impacto generado por el proyecto)
- Se modifica el apartado 4.i)
- Se incluye el guión iv)
- Se añade un Anexo I.B. Contenido de la Memoria Técnica.
- Se dota de nuevo contenido al Anexo III. Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos.
- Se incluye Anexo IV. Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI). Beneficiario.
Más información:
Modificación bases https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/22/pdfs/BOE-A-2022-10332.pdf
Bases https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/11/pdfs/BOE-A-2021-14817.pdf
Modificación de las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales. Orden ICT/566/2022, de 15 de junio
El BOE núm. 218 de 11 de septiembre de 2022, publicó la Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Orden ICT/566/2022, de 15 de junio, modifica la Orden ICT/950/2021 introduciendo modificaciones puntuales en su articulado, con el fin de actualizar y perfeccionar las bases reguladoras y mejorar la accesibilidad por parte del beneficiario y su aplicabilidad por parte de la administración.
Así mismo se limita la ayuda que un potencial beneficiario pueda recibir a un importe máximo en orden a poder alcanzar un mayor número de beneficiarios. Junto a ello, se adapta la norma a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en lo relativo a los modelos de declaraciones responsables exigibles en el marco del plan de recuperación.
Las modificaciones son las siguientes:
- Artículo 3. Beneficiarios. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 5. Obligaciones de los beneficiarios. Se modifican los apartados b) y e).
- Artículo 8. Gastos subvencionables. Se modifican los apartados 3, 4, 5, 9 y 10 y en el siguiente sentido:
- Se modifica la redacción de la letra e) del apartado 3, y se añade una nueva letra f).
- Se da nueva redacción al apartado 4.
- Se da nueva redacción al apartado 5.
- Se da nueva redacción al apartado 9.
- Se da nueva redacción al apartado 10.
- Se añaden dos nuevos apartados 13 y 14
- Artículo 9. Presupuesto y límites de las ayudas a conceder. Se modifica el apartado 5.
- Artículo 14. Plazo de presentación de solicitudes. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 15. Formalización y presentación de solicitudes. Se da un nuevo redactado.
- Artículo 16. Compatibilidad de las ayudas. Se modifica el apartado 1.
- Artículo 17. Criterios de evaluación de las solicitudes. Se da una nueva redacción al apartado 2.
- Artículo 18. Instrucción del procedimiento y comisión de evaluación. Se establece un nuevo apartado 12.
- Artículo 20. Pago y justificación de las ayudas. Se da una nueva redacción a los apartados 5 y 7.
- Artículo 21. Modificación de la resolución de concesión. Se modifica la redacción al apartado 3.
- Artículo 22. Publicidad e información. Se modifica la redacción al apartado a).3.º
- Artículo 24. Incumplimientos, reintegros y sanciones. Se modifica la redacción del apartado 2.
- Apartado 4 de la parte 1 del Anexo I (Impacto generado por el proyecto). Se modifica el apartado 4.ii)
- Se añade un Anexo I.B. Contenido de la Memoria Técnica.
- Se dota de nuevo contenido al Anexo III. Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos.
- Se incluye un Anexo IV. Declaración de ausencia de Conflicto de Intereses (DACI). Beneficiario.
Más información:
Modificación bases https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/22/pdfs/BOE-A-2022-10333.pdf
Bases https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/11/pdfs/BOE-A-2021-14818.pdf
ALCALDEALDIA