Lunes, Octubre 23, 2023 - 08:59
Aprobado el incremento del 0,5% en las retribuciones del personal al servicio del sector público.
El 5 de octubre de 2023 se publicó en el BOE la Resolución de 4 de octubre de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el incremento del 0,5% en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Este artículo recoge para el año 2023 las previsiones contenidas en el Acuerdo de 19 de octubre de 2022, estableciendo que:
"2. Asimismo, se aplicarán, en su caso, los siguientes incrementos respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos, en ambos casos, de 1 de enero de 2023:
a) Incremento vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA). Si la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA avanzado del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6 por ciento, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por ciento."
De acuerdo con la información publicada por el Instituto Nacional de Estadística, la variación del IPCA del año 2022 se situó en el 5,5 %, y el IPCA avanzado del mes de septiembre de 2023 se sitúa en el 3,2 %.
En consecuencia, se confirma que la suma del IPCA del año 2022 y del IPCA avanzado de septiembre de 2023 supera el 6 % de la suma de los incrementos retributivos fijos de 2022 y 2023, por lo que procede aplicar el incremento retributivo adicional máximo del 0,5%, previsto en el citado artículo 19. Dos.2.a).
Este incremento se aplicará respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 con efectos del 1 de enero de 2023.
Por otra parte, el BOE del 6 de octubre publica la Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional.
Las instrucciones comunes son las siguientes:
El incremento adicional del 0,5% se abonará en la nómina del mes de octubre de 2023 salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.
Los atrasos de los meses de enero a septiembre de 2023, correspondientes al incremento del 0,5%, se abonarán en los mismos términos fijados en el párrafo anterior.
En los recibos de nómina figurará el siguiente literal "Abono atrasos incremento 0,5 por ciento IPCA 2023...", haciendo constar cada uno de los conceptos retributivos sobre los que se aplica la subida adicional y las fechas de inicio y fin a las que corresponde la liquidación de atrasos.
Las cantidades que deben ser abonadas con esta finalidad deberán imputarse a las mismas aplicaciones presupuestarias (concepto y subconcepto presupuestario) y mismos conceptos retributivos de nómina sobre los que se aplican los incrementos.
Más información:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/10/05/pdfs/BOE-A-2023-20679.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2023/10/06/pdfs/BOE-A-2023-20699.pdf
ALCALDEALDIA