Viernes, Diciembre 2, 2022 - 13:36

IAE a empresas durante el estado de alarma y el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la puesta en marcha de un proyecto de acercamiento de la administración a la ciudadanía del mundo rural

El Tribunal Supremo decidirá si fue correcto cobrar IAE a empresas durante el estado de alarma.

El Tribunal Supremo decidirá si el cobro del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) por parte de los ayuntamientos durante la pandemia estaba justificado o si, por el contrario, al no haber actividad económica se debería haber eximido de su pago a las empresas.

Como ya se pronunciase mediante Auto del pasado 20 de octubre, en el recurso de casación planteado por el Ayuntamiento de Santander, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos del Ayuntamiento de València contra las sentencias contrarias al cobro, por parte del consistorio, del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a las empresas hoteleras durante el período que duró el confinamiento de 2020 y las restricciones posteriores por la pandemia.

Lo que debe resolver el Supremo es si la suspensión o limitación transitoria de la actividad de un determinado sector ordenada por el decreto de declaración del estado de alarma, permite considerar que no se produjo el hecho imponible del IAE durante el periodo en el que estuvo vigente.

Son ya varias las sentencias de juzgados de lo contencioso que han dado la razón a empresas recurrentes.

El Alto Tribunal entiende que la cuestión tiene interés pues "afecta a un gran número de situaciones, y en concreto puede afectar a todas las empresas del sector de la hostelería y otros como transporte, ocio, etc, que vieron suspendidas sus actividades durante la declaración del estado de alarma".

Además, recuerda que "no existe" ningún pronunciamiento de este tribunal sobre el hecho imponible del IAE en relación con la suspensión temporal de actividades económicas ordenada por el decreto.

Las medidas incluidas en el decreto, prosigue el Supremo, permiten apreciar "dudas interpretativas" sobre el impuesto, de modo que, si bien dicha suspensión tenía un carácter excepcional y transitorio, "resulta manifiesto que su impacto, aunque circunscrito a un determinado periodo temporal, puede afectar a una multiplicidad de contribuyentes".

Esto "hace conveniente un pronunciamiento del Tribunal Supremo", en beneficio de la seguridad jurídica. 

Publicación del Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Federación Española de Municipios y Provincias, para la puesta en marcha de un proyecto de acercamiento de la administración a la ciudadanía del mundo rural.

El BOE núm. 285 de 28 de noviembre de 2022 publica la Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la puesta en marcha de un proyecto de acercamiento de la administración a la ciudadanía del mundo rural.

Como ya les informamos recientemente, este convenio se suscribió el pasado 17 de noviembre de 2022 y se aplicará a los municipios de menos de 8.000 habitantes que se adhieran, publicándose para ello, como Anexo a la resolución, el modelo de acto de adhesión

Más información: https://www.boe.es/boe/dias/2022/11/28/pdfs/BOE-A-2022-19803.pdf

 

ALCALDEALDIA

IAE a empresas durante el estado de alarma y el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la puesta en marcha de un proyecto de acercamiento de la administración a la ciudadanía del mundo rural

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