Viernes, Septiembre 27, 2019 - 08:53

Los Consorcios y los Convenios en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

La LEY 40/2015 que está en vigor desde 2 de octubre del 2016, establecía muchas novedades que destacamos:

1.- LOS CONSORCIOS: Nueva regulación a la que hay que adaptar los estatutos  existentes (art. 118 y ss)

  • Su nuevo Régimen jurídico.
  • Régimen de adscripción.
  • Régimen de personal.
  • Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial
  • Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio
  • Disolución del consorcio.

2.- LOS CONVENIOS ADMINISTRATIVOS: tres años QUE FINEN EL 2 DE OCTUBRE PRÓXIMO.

La Disposición adicional octava. Adaptación de los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública e inscripción de organismos y entidades en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.

  1. Todos los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública o cualquiera de sus organismos o entidades vinculados o dependientes deberán adaptarse a lo aquí previsto en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.

El plazo ha finalizado el pasado 2 de octubre, ya que la ley 40/2015 entró en vigor al año siguiente 2016.

 

ALCALDEALDIA

Los Consorcios y los Convenios en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

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