Miércoles, Noviembre 20, 2024 - 16:05

PRÓRROGA DE MEDIDAS FRENTE A LOS EFECTOS DE LAS GUERRAS DE UCRANIA Y ORIENTE PRÓXIMO Y OTRAS NUEVAS EN MATERIA FISCAL, ENERGÉTICA Y SOCIAL.

El BOE núm. 155, de 27 de junio de 2024, publica el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.

Se trata del noveno paquete de medidas anticrisis aprobado por el Gobierno para ayudar de nuevo a los ciudadanos, las familias y los sectores más afectados por la prolongación de estos conflictos. Con este nuevo paquete, se amplía la duración de buena parte de las medidas adoptadas en 2022 y 2023, para reforzar el Estado de bienestar y la protección de las clases medidas y trabajadoras, y de las empresas.

Entre todas estas medidas, destacamos en primer lugar las que afectan a las entidades locales.

  • Recursos récord para CCAA y ayuntamientos

Una de las medidas de calado de la norma es la mejora de los servicios públicos, gracias a que las comunidades autónomas y las entidades locales volverán a recibir los mayores recursos de su historia con la actualización de las entregas a cuenta. Concretamente, las CCAA recibirán en 2024 un total de 154.467 millones de euros, 20.000 millones más que el año pasado que podrán destinar a mejorar los servicios públicos para los ciudadanos. Las entidades locales recibirán del Estado 28.557 millones de euros, 5.260 millones de euros más.

  • Subida salarial a los empleados públicos

Se incrementa la retribución de los empleados públicos en un 2% con efecto retroactivo desde el 1 de enero. De esta forma, deberán percibir una 'paguilla' por los primeros seis meses del año en los que no han disfrutado de ese porcentaje de subida que se aplicará. Además, se establece la posibilidad de otra subida adicional y consolidable del 0,5% si la suma de la variación del dato de IPC adelantado de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo aplicado durante esos mismos años.

  • Rebaja del IVA de alimentos

El Gobierno mantiene la rebaja del IVA de los alimentos básicos para seguir ayudando a las familias, permaneciendo en el 0% en el caso de la leche, el pan, las harinas, las frutas, las verduras, hortalizas, legumbres, cereales, los quesos o los huevos. A ellos se sumará el aceite de oliva, que quedará exento de IVA tras la rebaja impositiva del primer paquete de medidas anticrisis en el que ya se redujo su IVA al 5%. Además, se modifica la Ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).

Estas rebajas del IVA de los alimentos, configuradas desde el inicio como medidas temporales en respuesta al incremento sobrevenido de la inflación por las consecuencias de la invasión rusa en Ucrania, pasarán por dos fases hasta recuperar sus gravámenes normales:

  • Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5%.
  • A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%.

Esa paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes.

  • Garantía de suministros básicos y prórroga del bono social eléctrico

De igual forma, se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de agua, electricidad y gas a los consumidores vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta julio de 2025, con descuentos superiores a los existentes antes de la crisis energética. Los actuales descuentos del bono social, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos, se mantienen hasta el 30 de septiembre de 2024. A partir de ese momento, se aplicará una reducción del descuento de 7,5 puntos porcentuales por trimestre, con relación al total de la factura, de modo que los porcentajes resultantes son los siguientes:

  • Del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, el descuento para los consumidores vulnerables será del 57% y de los consumidores vulnerables severos del 72,5%.
  • Del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y de los consumidores vulnerables severos del 65%.
  • Del 1 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 42,5% y de los consumidores vulnerables severos del 57,5%.

A partir del 1 de julio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 35% y el de los consumidores vulnerables severos del 50%, con carácter indefinido.

  • Ampliación del MOVES III y ayudas a empresas electro y gasintensivas

  • Se amplía el plazo de vigencia del programa de apoyo para la movilidad eléctrica MOVES III hasta el 31 de diciembre, para que las comunidades autónomas puedan seguir distribuyendo ayudas. 
  • Cambios en el Impuesto de Sociedades para promover mediante incentivos la inversión en nuevos vehículos eléctricos y en nuevas instalaciones de recarga, con ayudas por importe de 626 millones de euros.
  • Prórroga de las medidas de flexibilidad a la hora de modificar la potencia eléctrica contratada en un mismo ejercicio hasta el 31 de diciembre.
  • Se mantiene hasta final de año la reducción del 80% en los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de la industria electrointensiva.
  • Se amplía seis meses más el periodo para que las empresas gasintensivas receptoras de ayudas de compensación de los costes adicionales del aumento del precio del gas cumplan con el plazo efectivo de pago a sus proveedores. 
  • Se prorroga que el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido en empresas que se beneficien de este tipo de programas de ayudas.
  • Se crea el nuevo Fondo de Impacto Social (FIS), gestionado por Cofides y dotado con 400 millones de euros de la Adenda del Plan de Recuperación, para proyectos de inversión considerados de impacto social y/o medioambiental y el fortalecimiento del emprendimiento social. También una partida de 50 millones de euros para el programa de transformación de vehículos pesados en carretera.

  • Exención de IRPF a perceptores del SMI

El texto del Real Decreto-Ley incluye también una reforma del IRPF para eximir de tributación a los trabajadores que perciben el salario mínimo. Se amplía el umbral de tributación, por lo que la cuantía de salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF pasa de 15.000 euros anuales vigentes a 15.876 euros anuales. Dada la progresividad del impuesto, el resto de los cambios aplicados alcanzarán a rentas de hasta 22.000 euros.

  • Ayudas a La Palma

En cuanto al respaldo a la isla de La Palma el Ejecutivo prorroga todos los beneficios fiscales para el ejercicio 2024 de los que ya disfrutaron los afectados para 2023. 

 

ALCALDEALDIA

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