Jueves, Octubre 8, 2020 - 10:25
TELETRABAJO EN LOS AYUNTAMIENTOS
El día 30 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, aplicable a los FUNCIONARIOS Y AL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.
ENTRADA EN VIGOR:
- PRINCIPALES NOVEDADES.
Se introduce un nuevo artículo 47 bis en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
1.- CONCEPTO DE TELETRABAJO:
2.- CARÁCTER VOLUNTARIO Y REVERSIBLE:
3.- DERECHOS I DEBERES:
4.- MEDIOS TECNOLÓGICOS:
5.- APLICABLE A PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN:
- PLAZO PARA ADAPTAR NORMATIVA
ALCALDEALDIA